Articulo De Opinión Jueves, 7 de mayo 2020
Por: Luis Carrera, Abogado y Economista
A título de recordatorio: En primeros dos años del gobierno Rafael Hipólito Mejía Domínguez, en el periodo 2000-2004, se instauraron las raciones de desayuno escolar diariamente, becas, programa de alfabetización para adultos ,asistencia médica, creación de 700 mercados de productores a través de INESPRE, subsidios a la tarifa eléctrica a familias pobres cuyos hijos asistían a la escuela, se promulgó la ley de seguridad social y otras medidas para beneficio de la clase mas desposeída. Luego a todas las personas beneficiadas no se le quitaron esos derechos, ni se le quitarán, pues eso se hizo en base a recomendaciones de la ONU, de ahí que ningún gobierno nuevo que venga podrá quitar esas asistencias a nadie, al contrario lo que debe hacer es aumentarlos.
Luego, al llegar al poder el PLD emite el decreto 1073-04 del 31-8-2004 que crea el Sistema Único de Beneficiario, SIUBEN, posteriormente se crea la Administradora de Subsidios Sociales ADESS mediante el decreto 1560-04 del 16-12-2004, que concluye formando la llamada Tarjeta Solidaridad. O sea, que el PLD lo que hizo fue adaptar todo lo que se había hecho en el periodo de gobierno 2000-2004, para hacerle creer a los votantes que todo fue obra del PLD. Pero aun así, para distribuir algunos bienes, lo hacían tarde de la noche y a escondidas de quien no era del PLD, y aun lo hacen, tal es el caso reciente en un municipio de Puerto Plata, sobre que hay decenas de quejas y evidencias en las redes sociales.
El artículo publicado por Cristóbal Rodríguez Gómez, el pasado 6 de mayo, en la página 13 del periódico Diario Libre, sobre un recurso de inconstitucionalidad de la ley electoral 15-19 contiene varios errores. El primer error que comete Rodríguez es que el recurso es en contra de la ley 15-19, no en contra de la ley 15-92, como él dice. Además, que el Tribunal Constitucional no debe conocerlo debido a que es un asunto político, olvidando que la constitucionalidad de una ley, es precisamente el constitucional que lo debe conocer y que ningún partido político puede dañar la viabilidad de la decisión de ese tribunal. Esa decisión es jurisdiccional y solo por esa vía debe ser atacada. Se olvida el señor Rodríguez que ningún tribunal puede fallar algo que no se le ha pedido supone de incurrir en un fallo extrapetita. Por lo que el Tribunal Constitucional es competente para conocer y fallar en consecuencia.
He encerrado con un bolígrafo azul los lugares con mayor número de casos positivos y fallecidos por Covid-19. Y encontré algo muy sospechoso. Fíjense, que comenzando por la Romana, Higuey, la Provincia Santo Domingo, Distrito Nacional, San Cristobal , Monseñor Nouel, la Vega, Sánchez Ramírez, Duarte, María Trinidad Sánchez, Espaillat, Santiago, Valverde y Puerto Plata, y es en esos lugares donde el PLD piensa que pierde las elecciones, por lo que se puede deducir que se trata de una maquiavélica estrategia para tratar de beneficiarse de la pandemia.